TCO080402KY3
TERABA CONSTRUCCIONES SA DE CV
Plazo Art. 17-H Bis CFF
Publicación DOF: 7 ago 2019. Fecha límite: 6 sep 2019.
Plazo vencido hace 2518 días naturales
Referencia normativa sobre el plazo de 30 días naturales para quien recibió CFDI de un EFOS definitivo. No constituye asesoría fiscal.
Contexto para quien recibió CFDI
Referencia normativa del CFF; no constituye asesoría fiscal.
Art. 69-B (EFOS)
DEFINITIVOArts. 69-B y 17-H Bis CFF
EFOS/EDOS confirmado. Los CFDI emitidos no son deducibles; quien los recibió debe actuar en 30 días naturales desde la publicación en el DOF o puede enfrentar restricción del CSD.
Art. 69 — No localizados
NO LOCALIZADOSArt. 69 CFF
Contribuyente no localizado por el SAT. Si recibió CFDI, valide domicilio y actividad del emisor y conserve evidencia de la operación real.
Art. 69 — Créditos firmes
FIRMESArt. 69 CFF
Crédito fiscal firme. Indica adeudos con el fisco; evalúe la solvencia del proveedor y el respaldo de operaciones recibidas.
Art. 69 — Créditos exigibles
EXIGIBLESArt. 69 CFF
Crédito fiscal exigible. Señal de presión fiscal sobre el emisor; documente materialidad de CFDI recibidos.
Art. 69 — CSD sin efectos
FRACCION XArt. 69 CFF
CSD sin efectos. El emisor no puede expedir CFDI válidos; los comprobantes recibidos durante el periodo pueden ser cuestionados.
Listas 69-B y 69-B Bis
Artículo 69 CFF
Historial de cambios
Cada actualización del SAT queda registrada — no solo el estado actual.
Art. 69 — CSD sin efectos
FRACCION X
Art. 69 CFF
CSD sin efectos. El emisor no puede expedir CFDI válidos; los comprobantes recibidos durante el periodo pueden ser cuestionados.
Art. 69 — Créditos exigibles
EXIGIBLES
Art. 69 CFF
Crédito fiscal exigible. Señal de presión fiscal sobre el emisor; documente materialidad de CFDI recibidos.
Art. 69 — Créditos firmes
FIRMES
Art. 69 CFF
Crédito fiscal firme. Indica adeudos con el fisco; evalúe la solvencia del proveedor y el respaldo de operaciones recibidas.
Art. 69 — No localizados
NO LOCALIZADOS
Art. 69 CFF
Contribuyente no localizado por el SAT. Si recibió CFDI, valide domicilio y actividad del emisor y conserve evidencia de la operación real.
Art. 69-B (EFOS)
Definitivo
Arts. 69-B y 17-H Bis CFF
EFOS/EDOS confirmado. Los CFDI emitidos no son deducibles; quien los recibió debe actuar en 30 días naturales desde la publicación en el DOF o puede enfrentar restricción del CSD.
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