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¿CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS DOSAN SA DE CV (CSD091230482) está en la lista negra del SAT?

Actualizado hace 3 días · datos abiertos del SAT

CSD091230482

CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS DOSAN SA DE CV

El dígito verificador no coincide con el algoritmo SAT

sincronizado hace 3 d
RIESGO ALTOSegún listas oficiales del SAT

Plazo Art. 17-H Bis CFF

Publicación DOF: 13 mar 2018. Fecha límite: 12 abr 2018.

Plazo vencido hace 3029 días naturales

Referencia normativa sobre el plazo de 30 días naturales para quien recibió CFDI de un EFOS definitivo. No constituye asesoría fiscal.

Contexto para quien recibió CFDI

Referencia normativa del CFF; no constituye asesoría fiscal.

Art. 69-B (EFOS)

DEFINITIVO

Arts. 69-B y 17-H Bis CFF

EFOS/EDOS confirmado. Los CFDI emitidos no son deducibles; quien los recibió debe actuar en 30 días naturales desde la publicación en el DOF o puede enfrentar restricción del CSD.

Art. 69 — No localizados

NO LOCALIZADOS

Art. 69 CFF

Contribuyente no localizado por el SAT. Si recibió CFDI, valide domicilio y actividad del emisor y conserve evidencia de la operación real.

Art. 69 — Cancelados

CANCELADOS

Art. 69 CFF

Crédito fiscal cancelado. Puede reflejar regularización; verifique vigencia de operaciones y CFDI asociados.

Listas 69-B y 69-B Bis

Art. 69-B (EFOS)DEFINITIVOdesde 27 feb 2018oficio 500-05-2018-8116 de fecha 27 de febrero de 2018
Art. 69-B BisNo aparece

Artículo 69 CFF

Art. 69 — No localizadosNO LOCALIZADOSdesde 16 oct 2016
Art. 69 — Créditos firmesNo aparece
Art. 69 — Créditos exigiblesNo aparece
Art. 69 — CanceladosCANCELADOSdesde 16 may 2014
Art. 69 — CSD sin efectosNo aparece
Art. 69 — SentenciasNo aparece

Historial de cambios

Cada actualización del SAT queda registrada — no solo el estado actual.

  1. Art. 69 — Cancelados

    CANCELADOS

    Art. 69 CFF

    Crédito fiscal cancelado. Puede reflejar regularización; verifique vigencia de operaciones y CFDI asociados.

  2. Art. 69 — No localizados

    NO LOCALIZADOS

    Art. 69 CFF

    Contribuyente no localizado por el SAT. Si recibió CFDI, valide domicilio y actividad del emisor y conserve evidencia de la operación real.

  3. Art. 69-B (EFOS)

    Definitivo

    Arts. 69-B y 17-H Bis CFF

    EFOS/EDOS confirmado. Los CFDI emitidos no son deducibles; quien los recibió debe actuar en 30 días naturales desde la publicación en el DOF o puede enfrentar restricción del CSD.

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