Verificación de proveedor

¿ALTAMAR PROVEEDURIA, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SA DE CV (APC130129PZ1) está en la lista negra del SAT?

Actualizado hace 3 días · datos abiertos del SAT

APC130129PZ1

ALTAMAR PROVEEDURIA, CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SA DE CV

El dígito verificador no coincide con el algoritmo SAT

sincronizado hace 3 d
RIESGO ALTOSegún listas oficiales del SAT

Plazo Art. 17-H Bis CFF

Publicación DOF: 20 jul 2021. Fecha límite: 19 ago 2021.

Plazo vencido hace 1804 días naturales

Referencia normativa sobre el plazo de 30 días naturales para quien recibió CFDI de un EFOS definitivo. No constituye asesoría fiscal.

Contexto para quien recibió CFDI

Referencia normativa del CFF; no constituye asesoría fiscal.

Art. 69-B (EFOS)

DEFINITIVO

Arts. 69-B y 17-H Bis CFF

EFOS/EDOS confirmado. Los CFDI emitidos no son deducibles; quien los recibió debe actuar en 30 días naturales desde la publicación en el DOF o puede enfrentar restricción del CSD.

Art. 69 — No localizados

NO LOCALIZADOS

Art. 69 CFF

Contribuyente no localizado por el SAT. Si recibió CFDI, valide domicilio y actividad del emisor y conserve evidencia de la operación real.

Art. 69 — Créditos firmes

FIRMES

Art. 69 CFF

Crédito fiscal firme. Indica adeudos con el fisco; evalúe la solvencia del proveedor y el respaldo de operaciones recibidas.

Listas 69-B y 69-B Bis

Art. 69-B (EFOS)DEFINITIVOdesde 16 jun 2021oficio 500-05-2021-15246 de fecha 16 de junio de 2021
Art. 69-B BisNo aparece

Artículo 69 CFF

Art. 69 — No localizadosNO LOCALIZADOSdesde 16 ago 2018
Art. 69 — Créditos firmesFIRMESdesde 1 jul 2019
Art. 69 — Créditos exigiblesNo aparece
Art. 69 — CanceladosNo aparece
Art. 69 — CSD sin efectosNo aparece
Art. 69 — SentenciasNo aparece

Historial de cambios

Cada actualización del SAT queda registrada — no solo el estado actual.

  1. Art. 69 — Créditos firmes

    FIRMES

    Art. 69 CFF

    Crédito fiscal firme. Indica adeudos con el fisco; evalúe la solvencia del proveedor y el respaldo de operaciones recibidas.

  2. Art. 69 — No localizados

    NO LOCALIZADOS

    Art. 69 CFF

    Contribuyente no localizado por el SAT. Si recibió CFDI, valide domicilio y actividad del emisor y conserve evidencia de la operación real.

  3. Art. 69-B (EFOS)

    Definitivo

    Arts. 69-B y 17-H Bis CFF

    EFOS/EDOS confirmado. Los CFDI emitidos no son deducibles; quien los recibió debe actuar en 30 días naturales desde la publicación en el DOF o puede enfrentar restricción del CSD.

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